Nos complace comunicarles que el Ministerio de Cultura habilitará la plataforma de registro de información de los creadores y gestores culturales interesados en acceder al Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos – BEPS, el cual estará disponible hasta el 20 de septiembre del 2021. Este procedimiento se desarrolla en el marco de la implementación del Decreto 2012/17, que establece la manera como se invierten los recursos provenientes del 10% del recaudo de la Estampilla Procultura que -según la Ley 666 de 2001- se deben destinar para la seguridad social del creador y gestor cultural y determina las condiciones, requisitos y criterios de priorización para que puedan acceder a los BEPS, a través de las siguientes modalidades: 1. Financiación de una anualidad vitalicia del Servicio Social Complementario de BEPS. 2. Financiación de aportes al Servicio Social Complementario de BEPS (motivación al ahorro). De acuerdo con lo establecido en el Decreto 2012/17, en las Resoluciones 2260 de 2018, 3153 de 2019 y el Manual Operativo, luego de realizar un proceso de difusión y socialización de esta normatividad en las zonas urbanas y rurales, los municipios y distritos deberán identificar a los creadores y gestores culturales que tengan domicilio principal en sus territorios. Así mismo, le corresponde a las Alcaldías la acreditación de la condición de creador o gestor cultural y la verificación de la documentación de cada una de las personas identificadas, con el fin de corroborar el cumplimiento de los requisitos estipulados por el Decreto.